1) Monotributo-¿Qué es el
monotributo?
El
monotributo (Régimen simplificado) consiste en un pago único mensual formado
por tres componentes : impositivo, previsional y de obra social. Se pueden
adherir a este régimen simplificado todos los contribuyentes que cumplan con
estos parámetros:
-Act.
Relacionadas con prestación de servicios: hasta $ 72.000.-anuales
-Para el
resto de actividades: hasta $ 144.000 anuales
Para
mayor información al respecto, contactarse a: info@estudiomunoz.com.ar
Si
trabajo en relación de dependencia y soy profesional independiente como
monotributista, pago la misma cuota mensual que el resto?
En este
caso, solamente se paga el componente impositivo. O sea para la categoría A
(hasta $ 12.000.-), en vez de pagar $ 114.75, se paga $33.-
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2)
Impuesto a las ganancias y bienes personales:
Si
trabajo en relación de dependencia, tengo que presentar impuesto a los bienes
personales?
Aquellos
trabajadores que tengan ingresos anuales superiores a $ 96.000.-, deben
presentar declaración de bienes personales aunque no lleguen a contar con un
patrimonio superior a $ 305.000.- pesos
Asimismo
para aquellos trabajadores que tengan ingresos superiores a $ 144.000, deberán
presentar la declaración de ganancias y bienes personales unificada.
La falta
de cumplimiento con estas obligaciones implica ser pasible de las sanciones
dispuestas por la ley de procedimiento y sus modificaciones (ley 11.683).
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3)
Ingresos Brutos - Que es el sircreb? Por qué me retienen?
El
sircreb es un régimen especial de retención de Ingresos Brutos sobre las
acreditaciones bancarias . Actualmente existe una especie de doble imposición
en este tema ya que por un lado existe el Régimen establecido por la comisión
Arbitral, el cual se puede consultar a través de la web: www.sircreb.gov.ar y por otro lado, el
régimen establecido por ARBA (Agencia de Recaudación de Provincia de Buenos
Aires), que alcanza a todos los contribuyentes inscriptos en convenio
multilateral según la resolucion 97/08
Las
alícuotas aplicables varían según el contribuyente y su calificación
impositiva.
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4) Otros
Sociedades-
me conviene constituir una SA o una SRL? Cual es la diferencia¿
Al
constituir una sociedad regular (ya sea SRL , SA) se limita la responsabilidad
de los socios ante posibles contingencias societarias. Al constituir una
sociedad de hecho, cada uno de los socios responden en forma ilimitada con su
patrimonio frente a una contingencia o conflicto societario.
La forma
societaria a adoptar, SA o SRL, depende de la idea de negocio que se encare. En
principio, si la idea es constituir una sociedad con la posibilidad de
incorporar a nuevos socios en el futuro, conviene constituir una SA.
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